top of page

Propuesta de reforma a Ley de Armas y Explosivos: ¿Solución para reducir la violencia en Costa Rica?

Foto del escritor: Andrea Castellón S.Andrea Castellón S.

Saludos lectores


La Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa presentó mediante conferencia de prensa dos proyectos de ley que pretenden crear una reforma parcial a la ley 7530, Ley de armas y explosivos. Este es un tema sensible que despierta malestar entre las personas portadoras que están en este momento en regla y cumplen con la legislación vigente debido a que por lo general estas medidas únicamente pretenden restringir al portador y no tienen un impacto real sobre la criminalidad. Antes de continuar, les recomiendo leer ambos proyectos de ley (Proyecto 1 y Proyecto 2) para facilitar la lectura.


Personalmente siempre he considerado que las armas de fuego son un mal necesario, el delito es una conducta que no puede ser erradicada en su totalidad, y por ende, se va a requerir hacer uso de estos medios para defensa, pero tampoco se puede permitir su uso indiscriminado e irresponsable, que es lo que se espera poder solucionar con los proyectos de ley. La reforma presenta cambios importantes a los artículos 88 y 89 para la tenencia y portación ilegal de armas permitidas y la tenencia de armas no permitidas, que impone sanciones de prisión más fuertes a los infractores. Las armas de fuego son objetos letales, no se puede permitir que los ciudadanos las porten estando al margen de la ley, así que este cambio busca ser severo con estas personas y es uno de los puntos más fuertes y acertados.

Asimismo cuando se determine que la persona imputada de las conductas anteriores, pertenezca a una organización criminal o una agrupación de tres o más personas establecida con carácter estable o por tiempo indefinido, que actúa de manera concertada con una estructura jerarquizada rígida o flexible en la que se distribuyen tareas para cometer delitos u obtener, directa o indirectamente un beneficio antijurídico, las penas serán de cinco a ocho años. (Reforma artículo 88)

El artículo 7 se modifica igualmente y adiciona detalles interesantes, pero preocupa el inciso D que restringe el uso de armas de fuego a quienes posean una medida cautelar asociada a delitos por violencia intrafamiliar, aunque es comprensible las razones de fondo, con las que estoy de acuerdo, es necesario agregar algún mecanismo que evite perjudicar a aquellas personas que son acusadas falsamente por sus parejas, ya que actualmente se cuenta con una legislación que propicia las denuncias falsas o malintencionadas, este punto debe revisarse con más calma para evitar injusticias que perjudiquen a los portadores. Otro cambio significativo y que también me parece muy acertado, es la modificación al artículo 51:

Se prohíbe la portación de armas en establecimientos comerciales donde se vendan o consuman bebidas alcohólicas. De igual manera queda prohibida la portación de armas bajo los efectos del alcohol o u otras drogas ilegales.

Ya estas medidas se venían implementando mediante regulación administrativa y era necesario ponerlas dentro de la ley para evitar confusiones entre los usuarios portadores, así mismo, se tiene claro que las bebidas alcohólicas son sustancias que alteran, aunque sea levemente, el organismo del consumidor y mezclar armas con drogas es una pésima combinación.


Dudas


Sin embargo, no todo es muy claro dentro de la reforma, y leyendo un poco los datos que justifican estos cambios, genera cierta duda sobre si realmente se va a generar un cambio significativo para combatir a la delincuencia o esta será otra reforma “parche” que simplemente responde a una medida desesperada al no saber qué hacer para controlar el incremento de la violencia en el país. Es importante aclarar que las armas de fuego no son las culpables de que existan altos índices de criminalidad, las mismas son solo un medio que la delincuencia usa para llevar a cabo su objetivo, y por ello es importante regular la tenencia en manos de la población civil, pues es claro que son mecanismos diseñados para causar daño y no todas las personas son aptas para portar, al ver las estadísticas se entiende la necesidad de control, pero mucho cuidado con estos números.


Se indica en uno de los proyectos que el 70% de los homicidios se cometen con armas de fuego, lo cual sin duda es un dato alarmante, pero dentro de ese porcentaje ¿cuántas armas de fuego en manos de portadores legales y totalmente lícitas, se usaron para cometer estos homicidios? Este es un dato que se omite en la estadística presentada, y ante la consulta de los medios de comunicación durante la presentación del proyecto, el Ministro de Seguridad Gustavo Mata indicó que no precisaba ese número, considero esto un detalle incómodo dentro de la propuesta, porque es con estos argumentos que están justificando la reforma y si no se tienen claros ¿cómo sabemos que son los cambios que realmente se necesitan hacer?


Tomemos en cuenta que si dentro de ese 70% existe un alto porcentaje de armas ilícitas involucradas, entonces de nada sirve limitar la cantidad de armas que se pueden inscribir como se propone, ya no existiría un impacto significativo para reducir los homicidios que se cometen con ellas, pues el delincuente seguiría usando las mismas armas que actualmente utiliza para cometer sus delitos. Analicemos otros puntos de esta reforma:

“Los riesgos de la presencia de las armas de fuego, más allá de los problemas asociados a la delincuencia y el narcotráfico, permiten además situaciones como discusiones vecinales o en espacios públicos, violencia intrafamiliar o hasta accidentes entre jóvenes y niños, que terminan siendo lesionados o ocasionándoles hasta la muerte.”

Si tenemos casos de armas en manos de portadores legales involucrados en incidentes por discusiones vecinales, en espacios públicos o en manos de jóvenes y niños, significa entonces que los filtros para determinar la idoneidad de los portadores están fallando, ¿por qué no hay ninguna propuesta que mejore estos filtros? ¿será acaso que el examen de idoneidad mental es insuficiente o que los centros de capacitación no están formando o capacitando a quienes pretenden obtener el permiso de portación? Y en todo caso, si la persona no es idónea, así tenga solo un arma o tres, la va a utilizar igualmente en estas circunstancias, quizás debamos volver la mirada hacia otra dirección (por ejemplo, al artículo 35) porque es posible que el origen de este problema sea otro.

En el mundo, muchos estudios de organizaciones internacionales precisan esta relación entre inseguridad ciudadana y armas de fuego. (…) “Las armas desempeñan un papel significativo en los homicidios, aun cuando no todos las involucran.”

Estos estudios también precisan ser revisados con detalle, pues existen otros donde se evidencia que no existe como tal una relación lineal entre la posesión civil y legal de armas de fuego y los altos índices de criminalidad, les recomiendo leer el siguiente estudio titulado “La influencia de la posesión civil de armas de fuego en las tasas de homicidio de América Latina y el Caribe” que realiza un análisis muy detallado de los números que se muestran en estos estudios que tanto se usan para justificar las reformas sobre armas, yo extraeré únicamente los que considero más relevantes pero definitivamente es una lectura obligatoria que nuestros legisladores deben considerar antes de aprobar cualquier reforma.

(…) la relación entre las tasas de posesión de armas pequeñas (por cada 100 habitantes) y las tasas nacionales de homicidio (por cada 100.000 habitantes) dista de ser lineal (…) Los países con mayores niveles de homicidio tienen tasas de posesión relativamente bajas, mientras que Chile, Surinam, Uruguay y Paraguay, por ejemplo, tienen mayores tasas de posesión de armas pequeñas, pero bajos niveles de homicidio. Esta no es una particularidad de la región. Finlandia y Suiza tendrían 45,3 y 45,7 armas pequeñas por cada 100 habitantes, respectivamente, pero son dos de los países más pacíficos del mundo (Karp, 2007).

Acá se puede observar que en realidad, si bien existe una incidencia alta de delitos cometidos con armas de fuego en la región, no existe una relación entre las políticas restrictivas que se implementan en países con delincuencia alta. Quizás el motivo de esto sea, como ya se mencionó antes, que la mayor cantidad de estos homicidios son cometidos por bandas organizadas ligadas al narcotráfico y que por consiguiente, no utilizan armas legalmente inscritas. Es aquí, donde la intención de reducir el número de armas que se pueden inscribir, no tiene un sustento sólido ya que a la larga, no cumple el fin deseado que es la disminución de la violencia.


En todo caso, sería interesante que se presenten las estadísticas de armas que han sido robadas a portadores legales para saber exactamente cómo el permitir la tenencia de 3 armas por persona ha contribuido a esta violencia que se dice que existe a causa de ellas, excluyendo naturalmente las armas que han sido robadas a empresas de seguridad, pues aunque este fue un argumento que utilizó el señor ministro para justificarlo durante la conferencia de prensa, no tiene ninguna relación puesto que para afrontar esto se emitió la directriz 2016-132 MSP para regular el uso de armas de fuego en ese servicio.


Y en esto de la cantidad de armas permitidas, también se debe tomar en cuenta que cuando un portador debe accionar su arma para defensa, se somete a un proceso largo donde su arma es decomisada, por lo que restringir la cantidad a solo una, dejaría a personas en estas condiciones completamente desprotegidas, a merced incluso de recibir represalias por parte de los cómplices o miembros de bandas a la que pertenezca el sujeto que le ha atacado, al menos debería considerarse permitir dos armas por persona para poder enfrentar estas eventualidades.

(…) las armas de fuego no están bajo control de los Estados latinoamericanos, y es que es difícil que una política o regulación sea efectiva si no se cuenta siquiera con información y datos certeros sobre aquello que se quiere regular

En este punto, regresamos nuevamente a los datos poco claros que se presentan para relacionar la tenencia legal de armas en civiles, con la cantidad de homicidios cometidos, en este estudio se muestra que en realidad no existen en la región tantos datos precisos, por eso vuelvo a insistir en que ese 70% debe someterse a un escrutinio detallado, que muestre la cantidad de delitos que se han cometido con armas legales y cuántos por armas ilegales, con el fin de valorar si de verdad estas medidas van a contribuir a bajar las tasas de homicidios. Es necesario también hacer énfasis en que el ciudadano responsable, que cumple con todos los requerimientos actuales que la ley establece, son quienes más se ven afectados por estas medidas y no el delincuente, pues naturalmente estas personas serán las primeras en acatar y respetar la legislación.

En efecto, quienes renuncian a sus armas de fuego suelen ser usuarios de bajo riesgo, sin fuertes intenciones criminales o violentas. Los criminales no suelen participar, a menos que haya algún incentivo económico perverso que les permita entregar su arma antigua para conseguir una nueva.

Por último, me deja con duda el hecho que se vaya a solicitar a los ciudadanos entregar las armas que entren en la categoría de armas no permitidas a las que se le indemnizará por estas armas previamente adquiridas ¿de cuántas estamos hablando exactamente? ¿y qué sucede con las personas que tengan más de un arma permitida a la hora de pasar la reforma? Se va a destinar recursos para pagar a estas personas por sus armas, recurso al que se le podría sacar mejor provecho si en lugar de esto se utilizara en mejorar la cultura sobre el uso responsable de armas o que facilite la preparación o capacitación de los portadores para evitar que sean utilizadas incorrectamente a través del fortalecimiento de los centros de capacitación y exigiendo a los mismos mayores controles de idoneidad antes de dar el permiso.


Así mismo, el artículo 34 de nuestra Constitución Política indica que “a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, o de sus derechos patrimoniales adquiridos o de situaciones jurídicas consolidadas.” Al ser las armas un bien patrimonial adquirido lícitamente, al aplicarse esta medida en perjuicio de las personas portadoras, pareciera que se está violentando el principio de retroactividad que nos protege constitucionalmente, por lo que lo adecuado sería que de aprobarse, aplique únicamente a los que soliciten inscribir sus armas una vez que comiencen a regir los cambios.


Aún es muy pronto para saber el camino que va a seguir este proyecto, tampoco se trata de desechar todo simplemente porque no se está de acuerdo como sucede en algunos sectores que defienden la portación de armas de fuego, sino mejorar y aclarar los puntos confusos y centrarnos en aquellos que realmente vayan a generar un cambio positivo, estudios criminológicos han demostrado muchas veces que las medidas restrictivas o de endurecimiento de penas no tienen un impacto significativo para combatir y prevenir la delincuencia.


Debemos ser cuidadosos con las restricciones que se pretendan crear, atravesamos un momento difícil en temas de violencia, ningún cambio como bien se sabe, tendrá un efecto inmediato, hay que evitar crear reformas a la ley, e invertir tiempo y recursos para su aprobación, que respondan únicamente a una necesidad inmediata, como decía al inicio, crear parches para crear una falsa sensación de seguridad solo para mantener una imagen de país pacífico, es claro que todos deseamos que Costa Rica regrese a ser aquel país seguro del que muchos nos sentimos orgullosos, pero existen países con baja tenencia y bajos índices de criminalidad, así como hay otros con alta tenencia de armas y también baja criminalidad, por lo que es claro que lo que permite tener un país seguro, no es la portación o no de un arma de fuego, sino la cultura, la educación y la preparación de sus ciudadanos para contribuir con la seguridad de su país, y mientras sigamos ignorando esta realidad, la delincuencia es la que sale ganando y los ciudadanos honestos los que pagamos las consecuencias por las malas gestiones.

Comments

Rated 0 out of 5 stars.
No ratings yet

Add a rating
bottom of page